Seguridad, ante todo. En especial para los buques que cruzan los océanos cargados de combustible y/o mercancías. De ahí la buena acogida al Código IGF de seguridad, en vigor desde el pasado 1 de enero, para los buques que utilicen gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación.
Este código fue adoptado por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional en junio de 2015, y supone un marco legislativo uniforme sobre la seguridad de los buques, la dotación y pasajeros, la carga, etc.
¿Qué supone este Código IGF?
Anteriormente, los buques que disponen de gas natural licuado (GNL), u otros sistemas de combustible de baja temperatura de ignición, necesitaban los permisos de cada autoridad portuaria o de la Administración Marítima en los países donde escalan. A partir del 1 de enero, los buques que lleven a bordo certificados de cumplimiento del Código IGF podrán navegar en todo el mundo sin necesidad de más autorizaciones.
¿Para quién será obligatorio?
En un principio se aplica a los navíos de más de 500 GT (Gross Tonnage o Arqueo Bruto: volumen o capacidad interior total) construidos o transformados a partir del 1 de enero de 2017 y que utilicen como combustible GNL. Sin embargo, no se aplicará a los buques que lo transporten como carga, ya que se regulan por el IGC, su propio código de seguridad.
¿Por qué este interés por el GNL como combustible para los navíos y su regulación?
Por el mayor número de buques que utilizan esta energía para navegar, favorecido por las estrictas normas medioambientales sobre emisiones a la atmósfera. Y es que, el GNL es un combustible que prácticamente elimina las emisiones de óxidos de azufre y materia particulada, reduce mucho las de óxidos de nitrógeno y en un 25% las de CO2. El “pero” está en que requiere una serie de precauciones que tienen que ver, entre otras, con la temperatura a la que se debe transportar (-163 °C).
Es por ello que el Código IGF se centra en el desarrollo de evaluaciones de riesgos de las diferentes operaciones que se realicen en estos buques movidos por GNL, así como en la formación del personal, para que las realicen en las condiciones de seguridad que se requieren.
Estas normas obligatorias que han entrado en vigor a principios de año se centran en aspectos como el proyecto del buque, su disposición, instalaciones, equipos de propulsión y auxiliares para el almacenamiento del gas natural licuado de forma correcta, el uso y seguimiento del GNL como combustible para minimizar los riesgos tanto a las personas a bordo como al propio navío, a terceros (es decir, a las instalaciones portuarias) y al medio ambiente.
Es precisamente esta seguridad lo que hace necesario que en los puertos que alberguen este tipo de buques dispongan de infraestructuras y equipamiento que faciliten su tránsito y la labor que se efectúa en y para ellos. En este sentido resaltamos los servicios y productos que desarrolla Prosertek, empresa especializada en equipamiento portuario.
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